Número de establecimientos.
Las enseñas tienen, como mínimo, dos
propios. Salvo algunas excepciones de
franquicias sin locales en propiedad,
pero con un elevado número de asociados
que dan por probado su concepto.
Franquicia.
Contrato entre dos empresas,
por el cual una
de ellas (franquiciador)
cede a la otra
(franquiciado), a cambio
de una compensación
económica,
el derecho a utilizar
una marca comercial,
servicio o producto
ya acreditados.
El franquiciado aporta
la inversión y se
compromete a seguir
las normas del franquiciador.
Canon de entrada.
El pago que el franquiciado
tiene que
hacer por los derechos
y utilización
de la marca y la transmisión
del know how
(el saber hacer) del
franquiciador.
¿Royalty¿ de explotación o canon de mantenimiento.
Pago en contraprestación
por el apoyo continuo,
técnico y comercial, que el franquiciador
presta a su
red y que constituye
su principal fuente de
ingresos.
Canon de publicidad.
Es un pago que
realiza el franquiciado
para constituir
fondos comunes para
invertir en acciones o
campañas publicitarias
en beneficio de
toda la cadena.
Retorno de la inversión.
Es el plazo que,
de media, tarda una
franquicia tipo de una
determinada enseña
en recuperar la inversión
necesaria para
ponerla en marcha.
También se denomina
pay back.
Ingresos medios.
Es el cálculo que mantiene
la central franquiciadora
de previsión
de ingresos durante
los dos primeros años
para una franquicia
tipo nueva de su red.
Emprendedores - 09/04/2007