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Royalty, arbitraje y medios de notificación

Royalty de publicidad

¿Puede utilizar la central el "royalty" de publicidad que abono como franquiciado para la captación de nuevos franquiciados a la red?
No. Si tienes dudas sobre el uso de ese fondo, recuerda que tienes derecho a conocer cuál es el destino de ese dinero y el franquiciador la obligación de facilitarte la información. Acude al responsable de marketing.

Las campañas de marketing de la enseña a nivel nacional apenas generan impacto en mi área de influencia. ¿Puedo negociar condiciones específicas para una campaña local?
Sí, si los recursos no proceden del fondo de marketing, de ámbito nacional. Si provienen del presupuesto de publicidad que aportas como franquiciado, puedes plantear a la central una acción local, bajo su supervisión.

Mediación, arbitraje o juicio

¿Qué diferencia existe entre la mediación y el arbitraje para la resolución de conflictos?
En el proceso de mediación no se produce una resolución vinculante que resuelva definitivamente el conflicto. La función del mediador es reconducir el conflicto y evitar un posterior litigio. Por su parte, el arbitraje es siempre más rápido y los abogados-árbitros están especializados. A diferencia de la mediación, el laudo arbitral que se dicte es definitivo y no puede ser objeto de recurso ni revisión por parte de los tribunales de justicia. Existen cortes de arbitraje especializadas en franquicia como la Corte Española de Arbitraje de la Franquicia, cuya composición paritaria entre asociaciones de franquiciadores y franquiciados, así como la especialización de sus árbitros, ofrece buenas garantías en la resolución de los conflictos. "De todos modos habrá que diferenciar y pensar muy bien antes de firmar el contrato de franquicia qué tipo de conflictos interesa someter a arbitraje y cuáles no", señala Fernando García. "Yo recomiendo la inclusión de una cláusula de arbitraje en los contratos", apunta Mariano Alonso, director general de Mundofranquicia Consulting.

¿Cuál es la validez legal de las notificaciones a través de un burofax? ¿Y por medio de correos electrónicos?
El burofax es el mejor canal ya que tiene carácter de prueba frente a terceros. Puedes realizar el envío a través de www.correos.es o acudir en persona a las oficinas de Correos. Existe la modalidad Acuse de Recibo, Aviso de Servicio y Copia Certificada, que proporciona una copia autentificada del burofax enviado. La validez de una notificación por correo electrónico queda a criterio del juez, ya que los mails se pueden alterar fácilmente. No obstante, para asegurarte que lo recibe tu franquiciador, solicita una confirmación del mensaje o acuse de recibo. En Outlook se realiza de la siguiente manera:
  • En el mensaje, haz clic en Opciones
  • Haz clic en Configuración de seguridad.
  • Activa la casilla de verificación Agregar firma digital a este mensaje.
  • Activa la casilla de verificación Solicitar confirmación S/Mime para este mensaje.


Emprendedores - 27/12/2007

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